Creative Commons y Copyright

Creative Commons es una organización que se encarga de limitar los derechos de copia de tipo Copyleft (en los que la copia está permitida), garantizando un ambiente de cooperación entre los usuarios de Internet. En la resolución del ejercicio siguiente se explicará el funcionamiento de las licencias que le competen.




A continuación, se explicará el funcionamiento de dos conceptos muy importantes en lo que se refiere a la protección de las obras originales.

Licencias de Creative Commons:
Para cumplir con sus objetivos, Creative Commons ha creado diferentes licencias, las cuales se basan en las siguientes restricciones que se le pueden dar a una obra:
  • Attribution (también llamada by, que obliga a citar las fuentes de las que se ha obtenido la información y el nombre de su autor).

  • Non commercial (también llamada nonCommercial o nc, que obliga a que el uso de información creada por terceras no sea con fines de lucro).

  • No Derivative Works (también llamada noDerivs o nd, que obliga a que, en caso de distribuir una obra ajena, no se la altere).

  • Share alike (también llamada sa, que obliga a que todas las obras derivadas de una ya existente sean distribuidas bajo la misma licencia que la original). 

La combinación de estas restricciones deriva en las licencias de Creative Commons, que son las siguientes seis:
  • Attribution (by)
  • Attribution – Share alike (by – sa)
  • Attribution – Non commercial (by – nc)
  • Attribution – Non commercial – Share alike (by – nc – sa)
  • Attribution – No Derivative Works (by – nd)
  • Attribution – Non commercial – No Derivative Works (by – nc – nd)

Derechos de Copyright (o Derechos de Autor):
Son los derechos que los autores de un bien o conjunto de información cualquiera tienen sobre el mismo. La creación que hayan hecho puede estar relacionada con cualquier campo (sea artístico, científico, literario, etcétera).

El Copyright tiene por objetivo que lo creado no sea reproducido, vendido ni usurpado por terceros no autorizados, y se encuentra estipulado en la ley.



No hay comentarios:

Publicar un comentario